Mittwoch, 9. April 2008

Neues Gesetz zu den Prüfungen

PRUEBAS TERMINALES ESPECÍFICAS DE CERTIFICACION

NIVEL BÁSICO E INTERMEDIO

Según las Instrucciones de 25 de marzo de 2008, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, sobre las pruebas terminales específicas de certificación en las enseñanzas de idiomas de régimen especial, para el curso 2007/08, las pruebas se elaborarán y evaluarán teniendo como referencia los objetivos, competencias y criterios generales de evaluación definidos en el currículo para cada uno de los niveles básico e intermedio. Además, las pruebas serán comunes, con independencia del turno o régimen de enseñanza en el que se halle inscrito el alumno o alumna.

CARACTERÍSTICAS DE LAS PRUEBAS

Estructura de las pruebas.

1. Las pruebas constarán de cuatro ejercicios independientes, no eliminatorios, que corresponden a cada uno de los bloques de destrezas comunicativas en los que se dividen los objetivos y criterios de evaluación establecidos en el currículo para cada nivel:

- Comprensión oral.

- Expresión e interacción oral.

- Comprensión de lectura.

- Expresión e interacción escrita.

2. Cada uno de estos ejercicios se basará en el desarrollo de una o varias tareas prácticas relacionadas con la destreza o destrezas correspondientes, tal como se recoge en la Instrucción siguiente.

3. Los ejercicios de comprensión oral, comprensión de lectura y expresión e interacción escrita podrán desarrollarse en una única sesión. El ejercicio de expresión e interacción oral podrá desarrollarse en una segunda sesión.

Contenidos, administración y criterios de corrección de los distintos
ejercicios.

a) Ejercicio de comprensión oral.

1. Los textos orales utilizados como soporte para las tareas serán, preferentemente, auténticos, explotados por primera vez para la ocasión, de tipología diversa y procedentes de fuentes tales como radio, televisión, Internet, grabaciones no comerciales, etc. Dichos textos podrán incluir descripciones de hechos y/o experiencias, entrevistas, conversaciones, noticias, reportajes, etc. La duración máxima recomendada de las audiciones que constituyan este ejercicio es de dos a tres minutos. La velocidad será la adecuada al nivel. Se procurará que el número de interlocutores no sea superior a dos o tres personas, con voces e intervenciones bien diferenciadas.

2. El alumnado tendrá que realizar, como mínimo, dos audiciones, con o sin ayuda de imagen, que podrá escuchar dos o tres veces, dependiendo de la tarea y su dificultad. Las tareas que se han de realizar pueden ser de elección múltiple, verdadero o falso, relacionar o emparejar, identificar, completar huecos o frases, etc. Las instrucciones para la realización de las tareas deberán ser claras, redactadas en español en un lenguaje sencillo y sin tecnicismos, y, preferentemente, acompañadas de un ejemplo. Se procurará que las tareas no se refieran a la parte inicial de las audiciones. Asimismo, se procurará evitar la realización de tareas de escritura relacionadas con este ejercicio. En el caso de que las haya, no se tendrá en cuenta el mayor o menor grado de corrección en la expresión.

3. La duración total para la realización de este ejercicio no deberá exceder de 30 minutos.

4. Para la evaluación de este ejercicio los departamentos didácticos elaborarán una clave de corrección de respuestas y un baremo de calificación objetivo común.

b) Ejercicio de expresión e interacción oral

1. El ejercicio constará de dos partes: monólogo y diálogo. Las tareas podrán ser de los tipos siguientes: responder y hacer preguntas; entrevistas; participar en un debate y emitir opiniones y juicios; diálogos sobre situaciones dadas; resumir un texto y contestar preguntas sobre el mismo; descripción basada en soporte gráfico (fotografías, viñetas, dibujos, anuncios, etc.); exposición de un tema; etc. Los alumnos y alumnas podrán ser dispuestos en parejas o grupos para realizar algunas de estas tareas. En el caso de que la tarea requiera preparación previa, se le suministrará al alumno o alumna la información y materiales necesarios con la antelación suficiente. Las instrucciones para la realización de las tareas, en su caso, deberán ser claras, redactadas en español, en un lenguaje sencillo y sin tecnicismos, y, preferentemente, acompañadas de un ejemplo.

2. El ejercicio se realizará frente a un tribunal compuesto, como mínimo, por dos
profesores o profesoras del departamento didáctico correspondiente. En el caso del alumnado matriculado en el régimen de enseñanza oficial, de dicho tribunal siempre formará parte el profesor tutor o profesora tutora correspondiente.

3. La duración total estimada de este ejercicio no deberá exceder de 10 ó 15 minutos, dependiendo del agrupamiento de los alumnos y alumnas.

4. Los departamentos didácticos elaborarán una tabla de criterios comunes para la
evaluación y calificación de este ejercicio. En dicha evaluación se tendrán en cuenta indicadores tales como la adecuación a la situación comunicativa y a la tarea, la fluidez, la pronunciación y la entonación, la interacción y toma del turno de la palabra, la cohesión, la corrección y la riqueza en la expresión. A partir de los criterios establecidos, los departamentos didácticos elaborarán unas hojas de observación para facilitar la tarea de evaluación y calificación de este ejercicio por parte de los profesores y profesoras que constituyan los tribunales.

c) Ejercicio de comprensión de lectura.

1. Los textos escritos utilizados como soporte para las tareas serán, preferentemente, auténticos, explotados por primera vez para la ocasión, de tipología diversa y procedentes de fuentes tales como prensa, Internet, etc. Dichos textos podrán incluir folletos informativos, correspondencia, hojas de instrucciones, anuncios, noticias, reportajes, artículos de prensa, relatos cortos, descripciones de hechos y/o experiencias, entrevistas, etc. La extensión total recomendada de los textos que se utilicen en el ejercicio es de 800 palabras para el nivel básico y de 1.200 para el nivel intermedio.

2. El alumnado tendrá que leer, como mínimo, dos tipos distintos de textos, con o sin apoyo de imagen. Las tareas que se han de realizar pueden ser de elección múltiple, verdadero o falso, relacionar o emparejar, identificar, encontrar léxico o expresiones, completar huecos o frases, etc. Las instrucciones para la realización de las tareas deberán ser claras, redactadas en español, en un lenguaje sencillo y sin tecnicismos, y, preferentemente, acompañadas de un ejemplo. Se procurará evitar la realización de tareas de escritura relacionadas con este ejercicio. En el caso de que las haya, no se tendrá en cuenta el mayor o menor grado de corrección en la expresión.

3. La duración total para la realización de este ejercicio no deberá exceder de 45 minutos.

4. Para la evaluación de este ejercicio los departamentos didácticos elaborarán una clave de corrección de respuestas y un baremo de calificación objetivo común.

d) Ejercicio de expresión e interacción escrita.

1. El ejercicio constará de dos partes: tareas de expresión y tareas de interacción. Dichas tareas podrán ser de los tipos siguientes: rellenar fichas, formularios e impresos; responder a cuestionarios; escribir notas, postales, cartas y correos electrónicos; redacción y desarrollo de un tema; completar un diálogo, composición de un texto a partir de un banco de palabras; reescribir un texto o frases siguiendo instrucciones concretas; etc. Las instrucciones para la realización de las tareas deberán ser claras, redactadas en español en un lenguaje sencillo y sin tecnicismos, y, preferentemente, acompañadas de un ejemplo. En el caso de tareas de redacción y desarrollo de un tema, la extensión máxima recomendada para el nivel básico es de 125 a 150 palabras y de 175 a 200 en el nivel intermedio.

2. La duración total para la realización de este ejercicio no deberá exceder de 90 minutos.

3. Los departamentos didácticos elaborarán una tabla de criterios comunes para la evaluación y calificación de este ejercicio. En dicha evaluación se tendrán en cuenta indicadores tales como la adecuación a la situación comunicativa y la tarea, la cohesión, la corrección y la riqueza en la expresión.

EVALUACIÓN, CONVOCATORIAS Y CERTIFICACIONES PARCIALES POR DESTREZAS Y REVISIÓN DE LAS PRUEBAS

Evaluación de las pruebas.

1. Cada ejercicio que constituye las pruebas será evaluado y calificado de forma individual. Para superar la prueba en su totalidad será necesario haber superado cada uno de dichos ejercicios.

2. En el caso de los alumnos y alumnas matriculados en el régimen de enseñanza oficial, las pruebas de certificación estarán integradas en el propio desarrollo del curso en el que tengan lugar y, por tanto, el resultado obtenido en las mismas constituirá la calificación global de dicho curso. El profesor tutor o profesora tutora del grupo será la persona encargada de evaluar y calificar al alumnado a su cargo, de acuerdo con los resultados obtenidos en las pruebas y, en su caso, con la información aportada por los profesores y profesoras que hayan participado en su realización y corrección.

3. En el caso de los alumnos o alumnas matriculados en el régimen de enseñanza libre, una vez concluidas las pruebas, el departamento didáctico correspondiente se reunirá en sesión de evaluación para estudiar y analizar el desarrollo de dichas pruebas y adoptar la decisión sobre la calificación de las mismas, a la luz de los resultados obtenidos y con la información aportada por los profesores y profesoras que hayan participado en su realización y corrección.

4. Las calificaciones de las pruebas de certificación se expresarán y registrarán de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 3.2 y 3.3 de la Orden de 18 de octubre de 2007, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado y las pruebas terminales específicas de certificación en las enseñanzas de idiomas de régimen especial en Andalucía.

Convocatorias.

1. Los centros organizarán dos convocatorias anuales de las pruebas reguladas en las presentes Instrucciones en cada curso académico: una ordinaria en el mes de junio y otra extraordinaria en el mes de septiembre.

2. Los alumnos y alumnas que hayan superado algún ejercicio en la convocatoria ordinaria quedarán eximidos de su realización en la convocatoria extraordinaria.

Certificaciones parciales por destrezas.

De conformidad con el artículo 12 del Decreto 239/2007 de 4 de septiembre, por el que se establece la ordenación y currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en Andalucía, una vez concluida la evaluación final extraordinaria, las Escuelas Oficiales de Idiomas podrán expedir una certificación académica de haber superado alguno de los cuatro ejercicios de las pruebas de certificación reguladas en las presentes Instrucciones a los alumnos o alumnas que no hayan superado dichas pruebas en su totalidad y así lo soliciten. Dichas certificaciones no eximirán de la realización de los ejercicios correspondientes de las pruebas que se convoquen en otro curso escolar.

Revisión de las pruebas y proceso de reclamación sobre las calificaciones de las pruebas de certificación.

1. Las Escuelas Oficiales de Idiomas establecerán los procedimientos para que los alumnos o alumnas interesados que así lo manifiesten, o sus padres, madres o tutores en caso de minoría de edad, puedan revisar las pruebas calificadas y recabar cuantas aclaraciones consideren oportunas sobre su rendimiento en las mismas.

2. En caso de disconformidad con la calificación obtenida, se estará a lo dispuesto en la Disposición adicional única de la Orden de 18 de octubre de 2007. En el caso de los alumnos o alumnas matriculados en régimen de enseñanza libre, no serán de aplicación las referencias hechas al profesor tutor o profesora tutora.

Keine Kommentare: